En un reciente fallo que favorece una educación democrática, el Tribuinal de Casación de Italia afirmó que la presencia de crucifijos en el aula no constituye un elemento discriminatorio cuando la comunidad escolar así lo decida.
Fallo de Tribunal Supremo: colocar crucifijos en la escuela estatal no es discriminatorio
Un instituto profesional estatal en Terni (Italia) había colocado una cruz en un aula por decisión mayoritaria de la asamblea de estudiantes.
El problema se había planteado por la denuncia de un profesor que afirmaba que la presencia del crucifijo en el aula vulneraba su libertad de conciencia y deseaba dar clases sin él.
Frente a este conflicto, la sentencia n° 24414 del Tribunal de Casación estableció importantes afirmaciones. En primera instancia, el comunicado de prensa afirmó que la presencia de una imagen religiosa no es discriminatoria. En este sentido, señaló que “el aula puede acoger la presencia del crucifijo cuando la comunidad escolar interesada lo evalúe y decida independientemente exhibirlo” y “no constituye un acto de discriminación contra el maestro“.
Al mismo tiempo, expresó que “el maestro disidente no tiene poder de veto o interdicción respeto absoluto a la colocación del crucifijo”. No obstante, “debe buscarse, por parte de la escuela, una solución que tenga en cuenta su punto de vista y que respete su negativa libertad de religión”.
Además, la Corte enfatizó que el crucifijo en el aula, por voluntad de los estudiantes, no constituye un acto de discriminación, porque “está vinculado, en un país como Italia, a la experiencia vivida de una comunidad y a la tradición cultural de un pueblo“.
Monseñor Stefano Russo, secretario general de la Conferencia Episcopal Italiana afirmó que el fallo confirma “que el crucifijo en las aulas no crea divisiones u oposiciones, sino que es expresión de un sentimiento común arraigado en nuestro país y símbolo de una tradición cultural milenaria. La decisión del Tribunal Supremo -añade Russo- aplica plenamente el principio de libertad religiosa consagrado en la Constitución, rechazando una visión laicista de la sociedad que quiere esterilizar el espacio público de cualquier referente religioso”.
¿Qué piensas de este fallo?
Síguenos también en:
Telegram
Gab
Instagram
Twitter
[Ver: [Video] ¡Monjas bombero! Religiosas combaten un incendio forestal a cubetazos]
[Ver: Conoce los asombrosos santos incorruptos de América Latina]