¿Alguna vez te has detenido a pensar cómo un sacerdote cubre sus necesidades diarias? El fundador de la plataforma católica de evangelización New Fire, P. Jorge Obregón, dio algunas luces sobre este tema.
En la cuenta de Instagram, el P. Obregón respondió a una frecuente inquietud: ¿cómo se sostienen económicamente los sacerdotes? En su explicación, abordó esta cuestión desde la enseñanza de la Iglesia y la realidad cotidiana de la vocación sacerdotal.
Estas fueron las palabras del P. Obregón:
“¿Cuánto ganan los sacerdotes?
Pues los sacerdotes no ganan, pero obviamente necesitan un sustento. Entonces, vamos a distinguir: tenemos a sacerdotes diocesanos y a sacerdotes religiosos de las órdenes religiosas, como es mi caso.
El sacerdote diocesano, que es el que está en las parroquias, pues obviamente cuenta con los donativos a la parroquia, las actividades que realiza la parroquia, las limosnas, y eso le ayuda. Aunque él no tiene voto de pobreza, tiene todo el derecho al sustento, a cubrir todas las necesidades de la parroquia y las personales.
Nosotros, los religiosos, en cambio, tenemos un voto de pobreza. Entonces, cuando a mí me dan algo, yo se lo entrego al administrador de la casa, que tiene una autoridad delegada del superior, y él me va dando lo que yo voy necesitando: un par de zapatos, un traje nuevo, un jabón, etc. Así nos manejamos.
Los sacerdotes no cobran porque los sacramentos son de Dios, no se cobran. Pero no cabe duda que uno de los cinco mandamientos de la Iglesia es que los laicos saben —y así lo han entendido por siglos— que tienen en su corazón el deseo de apoyar a los sacerdotes. Tienen esa —voy a utilizar la palabra “prohibida” hoy en día— obligación de ayudar para que nosotros podamos hacer nuestra labor, así como ustedes puedan hacer la suya. Juntos formamos un solo equipo.
Así que al sacerdote no es que se le pague, pero sí se le ayuda con su sustento”.
En la publicación, New Fire recordó también que el Código de Derecho Canónico establece que los sacerdotes tienen derecho a “recibir una justa retribución por su servicio”.
“Los clérigos, a quienes se consagra el ministerio eclesiástico, merecen una retribución adecuada con la que puedan atender a su honesta sustentación y a la retribución de quienes están a su cargo” (CIC 281 §1)
Sin embargo, la página aclara que esta retribución “no se mide como un salario en términos comerciales, sino como un medio para que puedan vivir de manera digna mientras dedican su vida al servicio de Dios y de su pueblo”.